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Moneda de 1/2 Real (Confederación)

Número de Registro: 24-3077
Título: Moneda de 1/2 Real (Confederación)
Creador: Francisco José de Matos
Institución: Museo de Artes Decorativas
Fecha: 1815

Ficha de registro

Identificación

Institución
Museo de Artes Decorativas
Número de registro
24-3077
Nº de inventario
24.89.482
Clasificación
Historia - Numismática, Filatelia y Objetos conmemorativos
Colección
Garcés Silva
Numismática
Diámetro 16 Milímetros - Espesor 1 Milímetros - Peso 1.6 Gramos
En depósito - Museo de Artes Decorativas
PROVINCIAS DEL RIO DE LA PLATA (Sol radiante)/EN UNION Y LIBERTAD 1815 PTS F. (dentro de corona de laureles) Escudo Nacional sin sol
Título
Moneda de 1/2 Real (Confederación)
Descripción
Moneda circular con un sol patrio con 32 rayos rectos y flamígeros alternados en la parte central con inscripciones. Por la otra cara escudo nacional sin sol, dentro de un óvalo rodeado de laureles se encuentra un círculo, en su interior manos entrelazadas y gorro frigio inscripción, marca de ceca, ensayador y año.
1.2. Giro medalla, canto laureado.
Estado de conservación
Regular

Contexto

Área geográfica
Argentina
Lugar de creación
Potosí
Fecha de creación
1815
Historia de propiedad y uso
Objeto que formó parte de las colecciones de don Hernán Garcés Silva, que luego al legar por testamento al Estado chileno formó el Museo de Artes Decorativas Garcés Silva en el año 1981.
Desde el año 1983 al 1989, la colección de numismática de 840 ejemplares se conservó en la bóveda del Banco Español – Chile. Luego se prestó temporalmente al Museo Histórico Nacional desde 2003 y finalmente fue devuelta al MAD en 2015.
Historia del objeto
Circuló en 1815, 29.648 ejemplares acuñados.
A partir del 31 de agosto de 1815, Francisco José de Matos, hijo del patriota Sebastián de Matos, fue nombrado Ensayador Mayor, y su inicial, "F", apareció en las monedas con el valor en reales.
la Asamblea sancionó, en sesión del martes, la siguiente ley:
La Asamblea General Constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata en Sesión del 13 de abril de 1813 nombro el Decreto siguiente: “Expídase orden al S.P.E para que la comunique por su parte al Superintendente de la Casa de Moneda de Potosí, a fin de q.e inmediatamente y baxo la misma ley y peso q.e ha tenido la moneda de oro y plata en los últimos Reynados de D. Carlos 4º y su hijo D. Fernando 7º; se habrán y esculpan nuebos cellos por el modo siguiente:
Moneda de Plata: La moneda de Plata que de aquí en adelante debe acuñarse en la Casa de Moneda de Potosí, tendrá por una parte el sello de la Asamblea Gral, quitado el Sol que lo encabeza, y un letrero alrededor q.e diga; Provincias del Río de la Plata; por el reberso un Sol q.e ocupe todo el centro y alrededor la inscripción siguiente; en unión y libertad; debiendo además llebar todos los otros signos q.e expresen el nombre de los ensayadores, lugar de su amonedación, año y valor de la moneda y demás que han contenido las expresadas monedas.
Referencias documentales
Hector Carlos Janson: La moneda circulante en el territorio argentino 1574-2019 pp. 763 en Catálogo, Borsellino impresos, Buenos Aires, 2019

Gestión

Adquisición
Forma de ingreso
Legado
Procedencia
Hernán Garcés Silva
Fecha de ingreso
1981-06-18
Registradores
Patricia Roldán , 2003-01-24
Marianne Wacquez Wacquez, 2022-02-22

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