Número de Registro: 3-11394 | |
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Objeto: | Denier |
Creador: | Abadía de San Martín de Tours |
Institución: | Museo Histórico Nacional |
Fecha: | Siglo XII |
Ficha de registro
Identificación
Institución
Museo Histórico Nacional
Número de registro
3-11394
Nº de inventario
7757
Clasificación
Historia - Numismática, Filatelia y Objetos conmemorativos
Colección
Numismática
Descripción
Objeto metálico de forma circular y un leve espesor, con bordes irregulares y canto liso. Por el anverso, tanto la imagen como la leyenda en relieve, se encuentran ilegibles por el desgaste. En el reverso se distingue una cruz templaria al interior de una circunferencia, rodeada por una leyenda ilegible. La posición del reverso se encuentra invertido respecto del anverso.
Estado de conservación
Regular
Contexto
Área geográfica
Francia
Lugar de creación
Tours
Fecha de creación
Siglo XII
Historia del objeto
El denier es una pequeña moneda francesa de plata, de amplia circulación hacia mediados del siglo VIII, que fue desapareciendo gradualmente hasta los años de la Revolución Francesa. Este ejemplar corresponde a un denier tournois, denominado así por haber sido fue acuñado por la Abadía de San Martín de Tours, de la Francia feudal, bajo el reinado de Felipe II, entre los años 1180 y 1223.
Por el anverso representa el Castillo Tournois rodeado por leyenda latina: SCS MARTINVS. Por el reverso representa una cruz rodeada por leyenda latina: TVRONVS CIVI
La abadía de San Martín de Tours fue fundada hacia el año 590 y la acuñación feudal comenzó allí a finales del siglo X, tiempo en que la concesión del derecho de acuñación de monedas por parte del poder estatal fue transferido a señores, obispos, monederos privados y posteriormente también a ciudades.
Por el anverso representa el Castillo Tournois rodeado por leyenda latina: SCS MARTINVS. Por el reverso representa una cruz rodeada por leyenda latina: TVRONVS CIVI
La abadía de San Martín de Tours fue fundada hacia el año 590 y la acuñación feudal comenzó allí a finales del siglo X, tiempo en que la concesión del derecho de acuñación de monedas por parte del poder estatal fue transferido a señores, obispos, monederos privados y posteriormente también a ciudades.
Gestión
Registradores
Marcela Covarrubias Peña, 2023-05-24